📢 ¡Atención contribuyentes! Se acercan los vencimientos de la Declaración Jurada Anual 2025
La SUNAT ya publicó el cronograma oficial para cumplir con la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta e ITF correspondiente al ejercicio gravable 2024, de acuerdo con la Resolución de Superintendencia N.° 304-2024/SUNAT.
🏢 Empresas y Negocios
Los vencimientos iniciarán el 26 de marzo de 2025 y culminarán el 9 de abril de 2025, según el último dígito del RUC. Este cronograma aplica para las empresas que se encuentran en el Régimen General o el Régimen MYPE Tributario, incluyendo aquellas que hayan realizado operaciones gravadas con el ITF.
👥 Personas Naturales y MYPES
Gracias a la Ley N.º 31940, los contribuyentes personas naturales y MYPES con ingresos anuales de hasta 1,700 UIT (S/ 8'755,000) contarán con una prórroga adicional, iniciando su vencimiento el 26 de mayo de 2025 y culminando el 9 de junio de 2025, también de acuerdo con el último dígito del RUC.
🧾 Formularios disponibles
Empresas (Formulario Virtual N.º 710 - Simplificado o Completo): Desde el 2 de enero de 2025 en SUNAT Virtual.
Personas naturales (Formulario Virtual N.º 709): Disponible desde el 31 de marzo de 2025 en SUNAT Virtual y el APP Personas SUNAT.
También estará habilitado el archivo personalizado con información referencial desde:
📆 17 de febrero de 2025 para empresas.
📆 31 de marzo de 2025 para personas naturales.
¿Quiénes están obligados a declarar?
Personas Naturales:
Quienes deduzcan gastos de alquiler de inmuebles.
Trabajadores en planilla (quinta) e independientes (cuarta) con saldo a favor o renta extranjera.
Personas con saldo a pagar por rentas de primera, segunda y del trabajo.
Contribuyentes que arrastren saldos a favor de años anteriores.
Empresas:
Todas las que generen rentas o pérdidas de tercera categoría (Régimen General o RMT).
Empresas que hayan realizado pagos sin usar dinero en efectivo (más del 15% de sus obligaciones), sujetas al ITF.
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🌐 Más info: https://renta.sunat.gob.pe